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Nota de Aviso - 24 de abril de 2020
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El pasado miércoles 22 de abril tuvo lugar, en formato webinar, una charla con el Presidente del ICAC, Santiago Durán. En la sesión participaron el presidente del Consejo General de Economistas, Valentí Pich, el presidente de Economistas Contables (EC), Francisco Gracia y el presidente del Registro de Economistas Auditores (REA), Carlos Puig de Travy.
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Valentí Pich dirigió unas palabras de bienvenida a los presidentes y a los asistentes a esta sesión. A continuación, presentó al presidente del ICAC con la lectura de un breve currículum para, seguidamente, cederle la palabra.

Santiago Durán transmitió sus mejores deseos a todas las personas que asistían a esta sesión, agradeció la invitación y quiso subrayar el impacto que la crisis está teniendo en la auditoría y en la contabilidad. Comenzó su exposición destacando la capacidad que ha tenido todo el personal del ICAC para adaptarse a trabajar de manera no presencial. Teletrabajo que, a partir de este momento, va a tener que impulsarse y que va a tener especial relevancia en el trabajo de los auditores, lo que conllevará la implementación de nuevas medidas de seguridad.

El presidente informó del papel que, en esta situación excepcional, ha asumido el ICAC como interlocutor con el propio Ministerio, el Banco de España, DGS, CNMV y las Corporaciones de auditores tratando de atender las necesidades regulatorias que se están planteando y, también, tratando de dar rápida respuesta a las cuestiones que las corporaciones le han trasladado. Asimismo, comunicó que el ICAC está manteniendo una activa participación en los foros internacionales, EFRAG, CEAOB e IFIAR, con el propósito de mantener una línea análoga a la de otros países.

Por último, el presidente del ICAC quiso resaltar la respuesta, a esta situación del estado de emergencia, del sector de auditoría demostrando su preparación y una gran capacidad, tanto las pequeñas como las grandes firmas, para llevar a cabo el trabajo a distancia. Esta continuidad de la actividad ha permitido trasladar, por un lado inputs a efectos regulatorios, así como las necesidades que se han detectado para el conjunto de la economía, dado que, en palabras de Santiago Durán “la auditoría es un sector muy importante porque trasmite la realidad de la economía”.

A continuación, se dio paso al turno de preguntas de cada uno de los presidentes de los órganos especializados, Francisco Gracia, presidente del EC y Carlos Puig de Travy, presidente del REA, quienes le trasladaron al presidente del ICAC las siguientes cuestiones sobre contabilidad y auditoría respectivamente:

PREGUNTAS NO TÉCNICAS CONTABILIDAD

1. Respecto al proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Plan General de Contabilidad y otras disposiciones complementarias, el cual incorpora al PGC la NIIF 9 y la NIIF 15, así como el proyecto de Resolución del ICAC sobre reconocimiento de ingresos por la entrega de bienes y la prestación de servicios -proyectos que se están pendientes de ser tramitados en el Consejo de Estado y en los que ha participado el Consejo General de Economistas en su respectivas audiencias públicas- sería de nuestro interés saber la fecha en la cual se espera su entrada en vigor, aunque entendemos y somos conscientes de que la situación actual podría retrasar su tramitación.

RESPUESTA:

Según las manifestaciones del presidente del ICAC, el proyecto de modificación del PGC se encuentra muy avanzado, puesto que, en el momento de declaración del estado de alarma (14 de marzo) se encontraba pendiente de iniciar su inmediata tramitación en el Consejo de Estado. Se espera retomarlo en este punto tan pronto la situación se normalice. Tiendo en cuenta estas previsiones, se espera que entre y afecte a las cuentas anuales del ejercicio 2021.



2. Teniendo en consideración la importancia de la información financiera y no financiera, en particular la no financiera tras la aprobación de la Ley 11/2018, nos gustaría saber si el ICAC tiene alguna previsión de llevar a cabo alguna recomendación sobre los aspectos referentes a la elaboración del Estado de Información No Financiera (EINF), tanto para las empresas que ya es obligatorio su elaboración, como para las que no siendo obligatorio lo presentan de forma voluntaria. Así mismo, no gustaría saber en qué medida recomienda y valora la elaboración del EINF en las PYMES.

RESPUESTA:

El presidente recuerda que, en este momento, se encuentra abierta una consulta pública para abordar la revisión de la Directiva sobre Información No Financiera (Directiva 2014/95/UE) siendo el plazo máximo de presentación de comentarios el próximo 11 de junio. Esta modificación de la directiva trae como objeto tratar de resolver ciertas cuestiones que afectan a la falta de uniformidad en cuento a la elaboración del EINF. En este sentido, comenta que es recomendable esperar los resultados de esta modificación y a partir de ahí ver si es necesario que el ICAC aprueba alguna instrucción que ayude a las empresas a su elaboración.

PREGUNTAS TÉCNICAS CONTABILIDAD

3. Habida cuenta de la envergadura de los efectos del COVID-19 en las cuentas anuales de las sociedades, hemos observado, de las consultas realizadas a la Corporación por nuestros compañeros, que existen algunas dudas que se están generando entre el colectivo en relación con cuestiones como los hechos posteriores o la información mínima que debe reflejarse en la memoria. Aunque, ciertamente, las reglas generales previstas en la normativa contable que resulte aplicable a cada entidad, en relación con riesgos e incertidumbres, valoración de activos y pasivos y de hechos posteriores al cierre del ejercicio, pueden dar respuesta a esas dudas, ¿nos puede comentar si el ICAC se plantearía elaborar algún documento orientativo que recoja las posibles implicaciones contables del COVID-19?.

RESPUESTA:

El presidente entiende —en línea con la posición mantenida por esta esta corporación— que los hechos posteriores derivados del COVID-19 en las cuentas anuales de una empresa española, correspondiente al ejercicio 2019, debe ser considerado en la mayoría de los casos, como un hecho posterior tipo 2. Así mismo, ha mostrado su total disponibilidad, así como la del equipo del ICAC, para resolver cualquier cuestión particular que pueda generarse respecto a los hechos posteriores, debiendo ser formuladas estas consultas por los cauces habituales.

4. Es evidente el impacto negativo que va a tener sobre la economía en general, y por lo tanto en las empresas, esta terrible crisis sanitaria que estamos padeciendo. En este sentido, y en el ámbito empresarial, el Gobierno está tomando una serie de medidas encaminadas a apoyar la continuidad de las empresas. En la pasada crisis financiera, en el ámbito mercantil, se aprobó una medida relativa a la moratoria de lo previsto en el artículo 363 de la LSC, que se aprobó con el Real Decreto Ley 10/2008 (en su Disposición Adicional Única introdujo una norma excepcional y transitoria según la cual, para paliar la crisis de las empresas promotoras e inmobiliarias, y a los solos efectos de la determinación de las pérdidas para la reducción de capital y la disolución obligatoria, no se computarán las pérdidas por deterioro reconocidas en las cuentas anuales derivadas de los epígrafes de inmovilizado material, inversiones inmobiliarias y existencias, sin que ello suponga, por lo demás, alteración del correspondiente régimen contable) ¿Apoyaría el ICAC una medida como esta para la situación actual?.

RESPUESTA:

Ante tal medida excepcional, el presidente muestra su buena disposición para llevar a cabo esta medida, así como cualquier otra que sea necesaria para intentar reducir los daños económicos de la pandemia por lo que, esta medida en concreto, le parece razonable que se plantee, máxime aun cuando existen antecedentes en el pasado que corroboran la eficacia de esta.

5. Si bien se han formulado las dudas respecto a los posibles efectos del COVID-19 en los hechos posteriores en la pregunta tres anterior, en aquellos casos en los que el deterioro no se determina sobre bases objetivas, sino que esté sujeto a estimación y requieran juicios de valor para su cálculo, por ejemplo, cuando hay que hacer una estimación de los flujos de caja futuros que se puedan obtener del activo o unidades generadoras de efectivo, descontados a una tasa que contenga el riesgo de la empresa, ¿en la estimación hay que tener en cuenta lo acontecido en 2020 antes de que se formulen cuentas, o por el contrario, solamente debemos considerar lo acontecido a 31 de diciembre obviando todo lo acontecido hasta la fecha de formulación?.
Por otra parte, la resolución del ICAC del 9 de febrero de 2016 indica que debe realizarse una planificación fiscal a 10 años para demostrar su recuperabilidad futura. En unas cuentas anuales a 31 de diciembre formuladas con posterioridad al estado de alarma, si el COVID se trata como hecho posterior de tipo 2, ¿puede mantenerse que una planificación a 10 que no tiene en cuenta el COVID muestra la imagen fiel?.

RESPUESTA:

En línea con lo manifestado en la pregunta N.º 3, según su opinión, la mayoría de los efectos del COVID-19 sobre las cuentas anuales del ejercicio 2019 van a ser tratados como un Hecho Posterior del tipo 2, sin que sea necesario realizar ningún tipo de ajuste. Si bien es cierto que el COVID-19 puede tener un efecto en las estimaciones o en los flujos de efectivo futuro, pero siempre de su tratamiento como hecho posterior tipo 2.

PREGUNTAS NO TÉCNICAS AUDITORIA

1. Viendo los resultados sobre el Examen de Aptitud Profesional de acceso al ROAC, correspondientes a la convocatoria 2019, al REA le preocupa enormemente el progresivo descenso de los aspirantes a dicho examen. Si revisamos las cifras de las últimas cuatro convocatorias observamos que hay un descenso progresivo de los candidatos (ver más abajo los datos), arrojando las cifras un descenso de en torno el 70% de los aspirantes desde la convocatoria de 2013.

RESPUESTA:

Efectivamente, según el presidente del ICAC, en la juventud actual existe una cierta desafección hacia la actividad de auditoría, ocasionada quizá por los siguientes elementos:
  • Falta de atractivo del trabajo desarrollado por los auditores. La juventud busca un tipo de trabajo más flexible, más adaptable a sus otras necesidades y no tan rígido como quizá ellos ven o perciben el trabajo de auditor.
  • Por otro lado, y provocado por los escándalos financieros de los últimos años, hay una pérdida reputacional importante del trabajo de auditoría.
También existe una falta de conocimiento, muy importante en la sociedad en general, sobre lo que es y en qué consiste, así como cual es el objetivo último, de un informe de auditoría.
Y por todo ello, el presidente del ICAC lanza la necesidad de un esfuerzo conjunto entre los organismos reguladores y las corporaciones para poner en valor tanto la labor del auditor como la eficacia y la efectividad de un informe de auditoría de cuentas como garante de la fiabilidad de la información financiera y la importantísima función social que de esta manera presta la AUDITORÍA a la sociedad en su conjunto.

2.- Teniendo en cuenta los datos anteriores y la situación a la que nos enfrentamos con el COVID-19 ¿Cuál es su percepción de la situación de la actividad de la auditoría de cuentas en España y cuáles son los principales retos en su cargo de Presidente del ICAC?
Asimismo, ¿cómo piensa que va a afectar la crisis originada por el COVID-19 a la actividad de la auditoría de cuentas en España y en qué aspectos considera que los auditores de cuentas pueden aportar un mayor valor añadido ante las consecuencias económicas del COVID-19?

RESPUESTA:

En otro orden de cosas, y con el fin también de hacer frente a la crisis de honorarios tan importante que ya venía arrastrada de años atrás y que sin duda alguna se va a ver agudizada con la crisis post COVID, el presidente del ICAC aboga también por hacer ver a la sociedad el papel del informe de auditoría de cuentas como un producto de calidad (necesario para obtener mayor financiación, por otra parte) que realmente tiene un valor (PRECIO) JUSTO.
Incide en el informe publicado por la CNMC en 2019, en cuanto a que los honorarios, no pueden calcularse teniendo en cuenta ningún tipo de orientación o regla.
Apunta, también como posible arma para combatir tanto la bajada de honorarios de la auditoría como, al mismo tiempo, la alta concentración que existe en el mercado, por el fomento de la COAUDITORÍA.

3.REGLAMENTO DE LA LAC 2015:

RESPUESTA:

Si bien, respecto al Reglamento que va a modificar el PGC ya existe un amplio consenso y se encontraba muy avanzado antes de esta crisis, por lo que consideran que no va a ver mucho problema con su aprobación de manera que ya se encuentre en vigor para las CCAA del año 2021, en relación con el Reglamento de Auditoría no se muestra tan optimista.
El Presidente manifiesta que si bien su intención es presentarlo al Consejo de Ministros en 2020, ha sido desde el principio un Reglamento que ha provocado discrepancias y polémica en el sector y que por lo tanto la redacción de su texto definitivo no estará exenta de controversias.
Así por ejemplo, aparte de tener en cuenta el informe realizado por la CNMC, se pueden realizar modificaciones que afecten al capítulo de independencia, modificar el enfoque de las inspecciones a los auditores de cuentas y por supuesto tener en cuenta realidades puestas de manifiesto con el COVID-19.
Además hay que tener en cuenta que la última versión tiene cambios importantes respecto a la sometida a información pública en 2018, con lo que supone que los trámites pendientes se van a dilatar en el tiempo (teniendo en cuenta también que en este momento el Gobierno tiene otras prioridades). En este sentido apunta a que quizá para dar una solución más rápida y flexible a algunos determinados temas prioritarios, se podrían resolver a través de Resoluciones del ICAC, simplificando así el texto del Reglamento.
Está pendiente decidir cómo se trasmitirán los cambios a las Corporaciones y su voluntad es que los acuerdos no se alcanzaran en Comité de Auditoría.
En este punto Carlos Puig le pide que el borrador de este Reglamento se ponga a disposición de las Corporaciones antes de ser trasladado al Consejo de Estado.

PREGUNTAS TÉCNICAS AUDITORIA

4.- ¿Cuál es la fecha que hay que tener en cuenta a los efectos de considerar el COVID-19 como un Hecho posterior? ¿Es la fecha del 11 de marzo, fecha oficial de declaración de la pandemia por la OMS, la que hay que considerar?

RESPUESTA:

El Presidente entiende que, con carácter general, hay que acudir a la fecha oficial de declaración del estado de alarma (11 de marzo, aprobación, 14 de marzo fecha de entrada en vigor en el BOE) pero también entiende que, en función de las características y actividad de una entidad podría ser aplicable acudir a la fecha en la que se inició la pandemia en China, esto será algo a evaluar por la entidad en la formulación de sus cuentas y dependiendo de la fecha de cierre de estas, y por el auditor a la hora de emitir su informe.

5.- ¿Qué tipo de hecho posterior sobre las Cuentas Anuales al 31 de diciembre de 2019, considera que se trata?

RESPUESTA:

El Presidente aclara que desde el punto de vista de la auditoría y de cara a considerar el hecho posterior como tipo 1 o 2, la fecha a la que debemos referirnos sería la de la declaración del estado de alarma, y en base a ello y, por supuesto, teniendo siempre en cuenta la fecha de cierre del ejercicio económico, para un ejercicio económico de cierre 31 de diciembre de 2019, el COVID-19 es sin duda un HECHO POSTERIOR tipo 2 que requerirá amplia y adecuada información en Memoria.

6.- ¿Desde el ICAC se prevén posibles medidas excepcionales en relación a la organización interna y del trabajo de los auditores de cuentas, por ejemplo, una ampliación de plazo en la compilación del archivo de auditoría, tal y como se ha tenido en cuenta en este RDL para la formulación, aprobación de cuentas e informe de auditoría?Sin duda uno de los requerimientos más afectados por la crisis del COVID-19 en relación a los artículos 28 y 29 de la LAC 2015 es la compilación de los papeles de los papeles de trabajo y su cumplimiento en el plazo máximo de 60 días desde la fecha del informe.

RESPUESTA:

El presidente del ICAC manifestó que sin duda alguna dada la situación de absoluta excepcionalidad en la que nos encontramos inmersos y en la que el auditor va a tener que realizar su trabajo, en la actuación del ICAC, como organismo garante de la calidad en los trabajos del auditor, va a presidir una flexibilidad total atendiendo al estado de crisis y excepcionalidad en la que nos encontramos.

7.- Si la entidad formula las cuentas durante el periodo de alarma, el plazo para la emisión del informe del auditor podrá alargarse dos meses desde el periodo de finalización del periodo de alarma (art. 40 RDL 8/2020). Es decir, si formula el 9 de mayo, la emisión del informe tendría de plazo hasta el 9 de julio.
¿No debería regularse igualmente un alargamiento del plazo del informe del auditor también por 2 meses en los casos en que se formulen las cuentas anuales después del periodo de alarma? Se puede dar el caso de que el auditor no disponga de más de un mes para emitir su informe estando en desventaja respecto de los casos regulados.

RESPUESTA:

El ICAC entiende el problema y aboga por establecer una vía abierta y directa de diálogo entre el cliente y el auditor que permita en la medida de lo posible flexibilizar esos plazos, de manera que el auditor pueda hacer una mayor y mejor planificación de su trabajo y evitar en la medida de lo posible la acumulación de trabajo en un periodo corto de tiempo en el que puede tener esta incidencia en varios de sus encargos.
El Presidente del ICAC es consciente de la situación de excepcionalidad, pero es consciente de que no son validas directrices generales.
Teniendo en cuenta la respuesta pública realizada por el ICAC a las Corporaciones, es sensible a la situación de fuerza mayor y considera excesivo, en estos momentos, considerar infracciones por este motivo.

8.- Ante las medidas de confinamiento no se convocan acciones formativas presenciales por las Corporaciones de auditores, por lo que hay limitaciones importantes, extraordinarias y de fuerza mayor para cumplir con la formación continua obligatoria de auditores.

RESPUESTA:

En este punto el Presidente del ICAC mostró su total disposición a negociar con las Corporaciones un sistema de cómputo de las horas exigidas que tenga en consideración este período de “parálisis” durante el tiempo que dure el estado de alarma, así como también tener en cuenta el impacto que sobre la formación presencial, a partir del fin del estado de alarma, se pueda producir. El Presidente, no obstante, aboga porque la formación que tradicionalmente se venía ofreciendo, con carácter general, en la mayoría de los casos en forma presencial, habrá de adaptarse de cara al futuro a mecanismos y fuentes alternativas de impartición de formación no presencial.

Es decir, se mostró abierto al diálogo y a una gran flexibilidad tanto en este tema como en el de la organización del trabajo.

Habrá que mantenerse expectantes y vigilantes.

Finalizada la ronda de preguntas, Carlos Puig de Travy agradeció la participación en este webinar al presidente del ICAC, quien agradeció, de nuevo, la invitación y procedió a clausurar la sesión.

Jorge Capeáns. SECRETARIO TÉCNICO EC
CONSEJO GENERAL DE ECONOMISTAS DE ESPAÑA

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