CabecerasNotasAviso-EC
Nota de aviso -21 de febrero de 2023-
Apreciados/as compañeros/as:

Informaros que, el pasado 10 de marzo de 2023, se ha sometido a audiencia pública el Anteproyecto de Ley Orgánica de representación paritaria de mujeres y hombres en órganos de decisión (ver aquí).

Entre las distintas novedades que se incluyen, destacamos la obligación de elaborar un informe anual de representación paritaria en el Consejo de Administración (artículo 542) el cual reproducimos, a continuación:
  1. El consejo de administración de las sociedades anónimas cotizadas deberá elaborar y publicar anualmente en su página web un informe sobre la representación de sexo menos representado en el consejo de administración de la sociedad, que deberá ser fácilmente accesible. Dicho informe deberá ser remitido, a su vez, a la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Esta publicará, con periodicidad anual, un listado actualizado de las sociedades cotizadas que hayan alcanzado los objetivos establecidos en el artículo 529 ter, apartado 1.
  2. El informe debe distinguir entre miembros del consejo de administración ejecutivos y no ejecutivos, y recopilar las medidas que se hubiesen adoptado para alcanzar los objetivos del artículo 529 ter apartado 1. Igualmente, en caso de que no se hubiesen alcanzado dichos objetivos por parte de la sociedad en materia de igualdad de género, se incluirán también los motivos a los que responde dicho incumplimiento, y una descripción exhaustiva de las posibles medidas que se hayan adoptado o se tenga previsto adoptar para cumplir con los mismos.
  3. El informe anual sobre igualdad de género en los consejos de administración se difundirá como otra información relevante por la sociedad de forma simultánea al informe anual de gobierno corporativo y al informe anual sobre remuneraciones de los consejeros y consejeras, y se mantendrá accesible en la página web de la sociedad y de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de forma gratuita durante un periodo mínimo de 10 años.
  4. El informe sobre igualdad de género en el consejo de administración no incluirá, por lo que respecta a cada administrador, categorías especiales de datos personales en el sentido del artículo 9.1 del Reglamento (UE) n.º 2016/679, ni datos personales relativos a su situación familiar.»
Así mismo, se añade una nueva disposición adicional decimosexta la cual extiende la obligación anterior, a las entidades que, de conformidad con la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, tengan la consideración de entidad de interés público, a partir del ejercicio siguiente al que concurran los siguientes requisitos:
  1. Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 250;
  2. Que en el importe neto de la cifra anual de negocios supere los 50 millones de euros o el
    total de las partidas de activo sea superior a 43 millones de euros.»
El plazo para presentar observaciones termina el 27 de marzo de 2023.



Esperando que esta información os sea de interés, aprovechamos la ocasión para enviaros un cordial saludo,

Jorge Capeáns. SECRETARIO TÉCNICO EC
CONSEJO GENERAL DE ECONOMISTAS DE ESPAÑA
PieNewsletter(v2)
favicon_512.fw
facebook twitter linkedin instagram 
No imprimir si no es necesario. Protejamos el Medio Ambiente. Este mensaje contiene información privada y confidencial dirigida únicamente a su destinatario. Si Ud. ha recibido este mensaje por error, le informamos que su uso no autorizado está prohibido legalmente, por lo que le rogamos que lo comunique al remitente por la misma vía y proceda a eliminarlo.
Email Marketing Powered by MailPoet