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Nota de Aviso - 29 de abril de 2020
seaprador
Estimados/as compañeros/as.

Tal como hemos informado en la Nota de Aviso remitida, esta mañana desde el Consejo General de Economistas de España, hoy se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia.

Entre otros aspectos de interés, sobre todo en el ámbito concursal y mercantil, resumidos todos ellos en la citada Nota de Aviso, nos gustaría destacar uno en concreto, referente a la suspensión de la causa de disolución por pérdidas (recogido en su Art 18), el cual traemos a colación a continuación de forma literal:

1. A los solos efectos de determinar la concurrencia de la causa de disolución prevista en el artículo 363.1 e) del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, no se tomarán en consideración las pérdidas del presente ejercicio 2020. Si en el resultado del ejercicio 2021 se apreciaran pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social, deberá convocarse por los administradores o podrá solicitarse por cualquier socio en el plazo de dos meses a contar desde el cierre del ejercicio conforme al artículo 365 de la citada Ley, la celebración de Junta para proceder a la disolución de la sociedad, a no ser que se aumente o reduzca el capital en la medida suficiente.

2. Lo dispuesto en el apartado anterior se entiende sin perjuicio del deber de solicitar la declaración de concurso de acuerdo con lo establecido en el presente real decreto-ley.

Nos congratulamos de que el regulador haya tenido en consideración este aspecto particular, cuestión solicitada por esta corporación y debatida en el webinar organizado por Economistas Contables y Rea Auditores, el pasado 22 de abril, donde intervino el actual presidente del ICAC -Santiago Durán-. Podéis ver el resumen del webinar en el siguiente enlace. Pincha aquí.

Por otra parte, os comunicamos que ,en el día de ayer, la CNMV ha publicado un comunicado conjunto con el Colegio de Registradores. Podéis ver el comunicado en el siguiente enlace. Pincha aquí. Este comunicado recoge algunas indicaciones que las sociedades -sobre todo las cotizadas- deben tener en cuenta respecto a la futura convocatoria de sus juntas anuales, habida cuenta de la previsible situación de descalonamiento.

Esperando que esta información sea de vuestro interés, aprovechamos la ocasión para enviaros un cordial saludo y desearos mucho ánimo.

Jorge Capeáns. SECRETARIO TÉCNICO EC
CONSEJO GENERAL DE ECONOMISTAS DE ESPAÑA

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